Paraguay activa su nuevo régimen de incentivos a la inversión (Ley 7.548/2025)

Paraguay activa su nuevo régimen de incentivos a la inversión Paraguay ha puesto en funcionamiento la Ley 7.548/2025 mediante el Decreto 5.432/2026, sustituyendo el régimen de incentivos creado por la Ley 60/90. El nuevo marco conserva importantes exoneraciones aduaneras y fiscales, pero introduce umbrales más claros, criterios de proyecto, referencias de empleo y mayores controles posteriores a la aprobación. 8 de septiembre de 2026 La Ley 7.548 fue promulgada el 8 de septiembre de 2025 y puesta en funcionamiento por el Decreto 5.432, de 29 de enero de 2026. El Ministerio de Industria y Comercio ha publicado desde entonces el procedimiento de solicitud y los requisitos documentales aplicables a los inversores que pretendan acogerse al nuevo sistema. Se mantienen los principales incentivos La ley sustituye la Ley 60/90, pero conserva sus incentivos centrales. Los proyectos aprobados pueden obtener exoneraciones arancelarias sobre bienes de capital importados y sobre insumos destinados a fabricar bienes de capital incluidos en el proyecto. También pueden aplicarse exoneraciones de IVA a determinadas importaciones y compras locales, así como a la primera transferencia de ciertos bienes de capital entre beneficiarios. Los proyectos de al menos USD 13 millones pueden acceder a la exoneración del Impuesto a la Renta de No Residentes sobre intereses y determinados cargos pagados a financiadores extranjeros que cumplan los requisitos. A partir del mismo umbral, las rentas generadas por la inversión aprobada pueden beneficiarse durante diez años de una exoneración del Impuesto a los Dividendos y Utilidades, sujeta a las condiciones previstas sobre origen de la inversión y créditos fiscales en el exterior. Los grandes proyectos turísticos y de entretenimiento disponen de un umbral específico de USD 20 millones para determinadas exoneraciones sobre bienes de capital importados. La Aprobación Axige Acreditar el Proyecto La solicitud debe presentar ahora un proyecto de inversión medible y no únicamente una lista de equipos. Debe identificar la actividad, localización, fuentes de financiación, calendario, capacidad de producción o prestación de servicios, empleo y resultados financieros previstos. Antes de conceder los beneficios se exige la correspondiente declaración de impacto ambiental. Los proyectos superiores a USD 13 millones deben ser preparados por profesionales o consultoras registrados ante el Ministerio. Para 2026, el Ministerio ha fijado como referencia dos empleos permanentes por cada USD 50.000 invertidos. Un proyecto nuevo que no alcance ese parámetro puede igualmente acogerse al régimen si acredita una contribución significativa y cuantificable a la producción, la tecnología o la integración local. El parámetro es orientativo para ampliaciones y no se exige en inversiones de modernización o complementarias.   La exoneración a la importación también puede denegarse cuando la industria paraguaya produzca un bien de capital compatible y pueda suministrarlo en cantidad, calidad y plazo adecuados. Conviene, por ello, verificar la oferta local antes de cerrar las compras del proyecto. Las solicitudes siguen un procedimiento digital Las solicitudes se presentan en línea a través de la Ventanilla Única de Exportación. Tras la revisión documental, el Consejo de Inversiones analiza el proyecto y la aprobación final se concede por resolución conjunta de los Ministerios de Industria y Comercio y de Economía y Finanzas. El MIC informa de un plazo medio de 45 días y un máximo de 75. El canal digital sigue siendo documentalmente exigente. Especificaciones técnicas, facturas, estados financieros, documentos ambientales y registros societarios deben ser coherentes con el calendario de inversión. Los documentos en otro idioma requieren traducción al castellano por traductor público matriculado. Protección transitoria para proyectos existentes Los proyectos aprobados bajo la Ley 60/90 permanecen, con carácter general, sujetos a las reglas vigentes cuando fueron autorizados. Renovaciones, beneficios complementarios y determinadas transferencias se rigen por las nuevas disposiciones. La reforma permite además renovaciones por nuevas actividades, ampliaciones y modernizaciones dentro de los veinte años siguientes a la primera concesión. Para el nuevo inversor, la consecuencia práctica es clara: antes de adquirir o importar equipos conviene definir la inversión, los beneficios solicitados, el empleo, la oferta local y el calendario de ejecución. El régimen conserva incentivos sustanciales, pero exige que la contribución económica pueda documentarse y ser objeto de seguimiento. Fuentes Dirección Nacional de Ingresos Tributarios – Ley 7.548/2025 Ministerio de Industria y Comercio – Información operativa de la Ley 7.548 Ministerio de Industria y Comercio – Decreto 5.432/2026 Ministerio de Industria y Comercio – Guía para proyectos de inversión © 2026 Paraguay Business Hub. Todos los derechos reservados.

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